RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002399 (UT/22/02150)
INE-CT-R-0332-2022
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a su disposición la información que no requiere pronunciamiento del CT.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por las áreas DEA (punto 3), DESPEN (puntos 3 y 5) y OIC (punto 4).
Tercero. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia de las áreas DEA (puntos 4 y 5) y DESPEN (puntos 1 y 4) no invocan la participación de un sujeto obligado ajeno al INE, no existe materia para el análisis.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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