RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002483 (UT/22/02233)
INE-CT-R-0333-2022
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia sustentada por las áreas DEPPP (puntos 1, 2, 4, 5 y 6, respecto de los procesos electorales locales y las sentencias emitidas por el TEPJF); DJ [puntos 1, 2, 3, 4, 5 (respecto de los procedimientos electorales locales) y 6.]; DS (puntos 2, 4 y 6, respecto de los procedimientos electorales locales y las sentencias emitidas por el TEPJF); y UTVOPL (puntos 1 al 6, respecto de los procedimientos electorales locales y de las sentencias emitidas por el TEPJF).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante dirigir su petición ante el TEPJF, así como ante los 32 OPLES de las Entidades Federativas de la República Mexicana, quienes podrían contar con la información solicitada.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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