CONSULTA FORMULADA POR: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL SOBRE: ORIENTACIÓN A EFECTO DE CONFIRMAR EL CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO, EL CUAL PREVEÉ QUE CADA PARTIDO POLÍTICO CON REGISTRO NACIONAL TENDRÁ DERECHO A NOMBRAR UN REPRESENTANTE ANTE CADA MESA DIRECTIVA DE CASILLA, ASÍ COMO UN REPRESENTANTE GENERAL.
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De conformidad con el artículo 41 de los Lineamientos Generales para la Fiscalización del Proceso de Revocación de Mandato,la actividad que realicen las personas queobtengan la acreditación como representantesde los Partidos Politicos con Registro Nacional pueden ser remuneradas a través de pago o apoyo económicoo,en su caso,cualquier otro gasto vinculado a sus actividades el día de la Jornada;además de que será considerado como gasto ordinario. Que para el registroy comprobaciónde los gastos de la Jornada,y en su caso degratuidad, es obligatorio el uso del Sistema de Fiscalización de la Jornada Electoral (SIFIJE),atendiendo lo establecido en los artículos 41, 42, 43 y 44 de los LineamientosGenerales para la Fiscalización del Proceso de Revocación de Mandato. Que para la regulación de la Revocación de Mandatose emitó el AcuerdoINE/CG1633/2021, por el que se aprobaronlos Lineamientos Generales para la Fiscalización del Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el período Constitucional 2018-2024, así como los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos que se presenten. Que en la Vigésima Tercera Sesión Extraordinaria de la Comisión de Fiscalización celebrada el 25 de noviembre de 2021 se aprobaron modificaciones de fechas a los Lineamientos Generales para la Fiscalización del Proceso de Revocación de Mandato, aprobados mediante Acuerdo INE/CG1633/2021.
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