RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002503 (UT/22/02252)
INE-CT-R-0328-2022
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia sustentada por las áreas DJ (puntos primero, segundo, tercero, quinto y sexto) y DS (totalidad de la información).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante dirigir su petición ante la Cámara de Diputados, la Secretaría de Gobernación y la Fiscalía General de la República, específicamente el Ministerio Público, quienes podrían contar con la información solicitada.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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