RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002396 (UT/22/02147) Y SU ACUMULADO 330031422002401 (UT/22/02151)
INE-CT-R-0311-2022
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia sustentada por el área DEPPP.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante los Partidos Políticos Nacionales (PAN y MORENA), quienes podrían contar con la información solicitada.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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