RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002211 (UT/22/02042)
INE-CT-R-0305-2022
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total realizada por las áreas DJ, OIC, JL-DGO y JL-GTO.
Tercero. Incompetencia. Toda vez que la manifestación de incompetencia de las áreas DERFE (puntos 1 y 2), DESPEN (punto 1), DJ (punto 2) y JL-MEX (punto 1) no invoca a un sujeto obligado diverso al INE, se ha determinado obviar el análisis.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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