RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (CT), RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031422002199 (UT/SADP/22/00183)
INE-CT-R-PDP-0023-2022
Resolución
Resolución
Primero. Se confirma la inexistencia declarada por la DEA respecto a los registros laborales de la persona titular en los períodos señalados en el apartado E.1.
Segundo. Se confirma la inexistencia declarada por la JL-AGS respecto a los registros laborales de la persona titular en los períodos señalados en el apartado E.2.
Tercero. Entréguense a la persona titular, de manera personal y previa acreditación de su identidad, los datos proporcionados por la DEA y por la JL-AGS.
Cuarto. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
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