RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422001602 (UT/22/01498)
INE-CT-R-0221-2022
Resolución
G. Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total realizada por el área DJ.
Tercero. Incompetencia. Toda vez que la manifestación de incompetencia de las áreas DEA y DESPEN no invocan a un sujeto diverso al INE, se ha determinado obviar el análisis.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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