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Consulta
1. Que los candidatos del ámbito federal y local podrán concurrir de manera simultánea en actos de campaña, siempre y cuando identifiquen las campañas beneficiadas y el gasto de acuerdo con las reglas de prorrateo señaladas en los artículos 83 de la LGPP, 218 del RF y el Acuerdo CF/012/2018.
2. Que el beneficio del prorrateo obedece a que un mismo gasto podrá beneficiar a candidatos postulados por una coalición federal y a candidatos postulados por una coalición local.
3. Que la normativa establece la prohibición de realizar transferencias, en efectivo o en especie, entre candidatos de mayoría relativa, locales o federales; por lo que se recomienda que las transferencias derivadas del prorrateo se realicen por las cuentas concentradoras de las coaliciones.
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