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Consulta
1. Que una persona con la calidad de candidato a una diputación federal, si puede aportar recursos en efectivo a su propia campaña, siempre y cuando se apegue a las reglas establecidas en la normatividad mencionada y al límite de aportaciones del conjunto de precandidatos y candidatos durante el año dos mil veintiuno, aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/CG652/2020.
2. Que una persona con la calidad de simpatizante, si puede aportar recursos en efectivo para el apoyo a una o varias candidaturas tanto federales como locales, siempre y cuando se apegue a los límites en las aportaciones del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos, por sus militantes, simpatizantes, candidatas y candidatos, así como el límite individual de las aportaciones de las personas físicas durante el ejercicio dos mil veintiuno.
3. Que para conocer el límite de las aportaciones que puede realizar a su campaña, tendrá que realizar una consulta a las instancias correspondientes del Partido Movimiento Ciudadano, a efecto que éste le señale el importe en lo particular, a fin de que sea considerado dentro del límite global establecido para dicho partido político.
4. Que el límite de las aportaciones individuales que podrá realizar la militancia, así como las personas precandidatas y candidatas, será la que determine el órgano interno responsable del manejo del financiamiento de cada partido político, sin exceder los límites previstos.
- Consultas [822]