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Consulta
1. Que los gastos susceptibles de ser prorrateados son los gastos genéricos consistentes en aquellos realizados en actos de campaña y de propaganda, en la que se invite a votar por un conjunto de candidatos siempre y cuando no se especifique el candidato o tipo de candidato; los gastos en conjunto consistentes en aquellos que inviten al voto, especificando ámbitos de elección y tipos de campaña, sin especificar a uno o más candidatos; los gastos personalizados, aquellos que inviten al voto, donde se especifica el nombre, imagen o lema de campaña, conjunta o separadamente de dos o mas candidatos.
2. Que en lo que concierne a los gastos en conjunto, consistente en los casos en que participe un candidato a Diputado Federal y un candidato relacionado con una campaña local, la distribución de prorrateo de los gastos de campaña será de un cincuenta por ciento, respectivamente, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 83, numeral 2, inciso k) de la Ley General de Partidos Políticos.
3. Que, el procedimiento para la distribución de los gastos de campaña en los cuales se promocione a dos o más candidatos a cargos de elección popular en el ámbito local, se encuentra establecido en el artículo 218, numeral 2, inciso b) fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII del Reglamento de Fiscalización y se calculará como ha sido detallado en la presente respuesta.
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