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Consulta
1. Se le informa que sí es posible dar de alta distintos usuarios de operación dentro del SNR, en concordancia conlo determinado enel Anexo 10.1 del Reglamento de Elecciones, en su Sección I, denominada Responsabilidades de los Operadores del Sistema, numeral 4, inciso a).
2. Se le hace delconocimiento queelnúmero de cuentas que puede dar de alta es ilimitada, por lo que el Responsable del SNR del instituto político, se encuentra en posibilidad de realizar el alta de los usuarios que estime necesarios para la operación del sistema referido.
3. Que el tiempo estimado para el registro de candidaturas es de 10 minutos aproximadamente; lo anterior, considerando que ya se cuente con la información y documentación de las candidaturasnecesaria para su captura en el SNR.
4. Se le informa que, por lo que toca al numeral 2 de su consulta, de conformidad con el Anexo 10.1, del Reglamento de Elecciones, deberá dirigirlo a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.
- Consultas [822]