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Consulta
1. Esta Unidad Técnica de Fiscalización aplica durante todo el proceso de fiscalización los criterios establecidos en los artículos 27 y 28 del RF, a fin de determinar si los bienes o servicios adquiridos por los sujetos obligados, se encuentran subvaluados o sobrevaluados.
2. Que el Instituto Nacional Electorales competente a efectos de sancionar el uso incorrecto (ilegal en su acepción amplia) de los recursos con que cuentan los partidos políticos. Entre las diversas conductas que son susceptibles de sancionarse, se encuentra la sub y sobre valuación,así como, en su caso, el realizar operaciones mercantiles con todo aquel proveedor que no forme parte del Registro Nacional de Proveedores.
3. Que la autoridad administrativa encargada de investigar y perseguir las conductas delictivasen materia electoral, así como promover una cultura de prevención del delito, es la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, la cual tendrá a su cargo recibir denuncias o querellas sobre acciones u omisiones que puedan constituir delito.
4. Que cualquier interesado podrá presentar unescrito de queja a la autoridad electoral cuandotenga conocimiento de presuntas violaciones a la normatividad electoral en materia de fiscalización, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 30 Reglamento de Fiscalización.
5. Que de advertirse que se está ante un posible delito electoral, la autoridad electoral dará vista, en términos del artículo 15 del Reglamento de Fiscalización, a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales quien será la autoridad facultada para llevar las investigaciones correspondientes.
6. Que una vez quehayan finalizado las labores de fiscalización, se podránrealizar las solicitudes de información que requiera cualquierciudadano ante esta autoridad electoralante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia.
- Consultas [822]