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Consulta
• Que los partidos políticos no son proveedores de bienes o servicios que tengan como propósito una ganancia respecto de las actividades que realizan, toda vez que son entidades de interés público que reciben un financiamiento público constitucionalmente establecido.
•Que el partido político no tiene obligación alguna de expedir un CFDI, pero sí cuenta con la facultad de hacerlo para el caso en concreto, siendo la transmisión de la propiedad del bien mueble siniestrado a favor de la aseguradora. • Que, al ser un tema de carácter fiscal, se considera que la autoridad competente para proporcionar criterios relacionados con el precio o contraprestación de un bien siniestrado es el Servicio de Administración Tributaria.
- Consultas [822]