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Consulta
1. La Unidad Técnica de Fiscalización, resolverá las consultas que sean de carácter técnico u operativo contables, referentes a la auditoría o fiscalización de los recursos de los sujetos obligados respecto de actividades ordinarias, actividades específicas o vinculadas con los procesos electorales.
2. Para que esta autoridad fiscalizadora pueda pronunciarse respecto al tratamiento contable de ejercicios anteriores, el partido deberá tener acercamiento con el Instituto Mexicano del Seguro Social, una vez hecho lo anterior y haya llegado a un consenso con dicha autoridad, deberá proporcionar a la Unidad Técnica de fiscalización la información correspondiente a fin de que se puedan analizar los saldos y movimientos contables necesarios para su registro.
3. En caso de que el sujeto obligado obtenga como beneficio fiscal la condonación total o parcial del pago de contribuciones de periodos o ejercicios anteriores, el monto que le sea condonado, se considerará como un ingreso prohibido.
- Consultas [786]