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Consulta
1. Para llevar a cabo la transmisión de los bienes, recursos y deudas que conforman el patrimonio del partido político en liquidación, al nuevo partido local, deberá sujetarse a los lineamientos contenidos en el acuerdo INE/CG271/2019.
2. En consecuencia, de conformidad con los referidos lineamientos, el partido político local, deberá presentar por escrito al Interventor la solicitud de transmisión del patrimonio en la que se haga la relación de la totalidad de los bienes que se encuentren registrados como propiedad del Comité Ejecutivo Estatal.
3. Una vez efectuada la transmisión correspondiente, el partido político local podrá solicitar la baja de los mismos, señalando los motivos, especificando sus características e identificándolos en el inventario físico por número, ubicación exacta y resguardo, anexando además el acta de verificación levantada por la Unidad Técnica de Fiscalización, en la que se da fe del estado físico de los bienes.
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