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Consulta
1. Las Organizaciones de Ciudadanos que pretenden constituirse como Partido Político podrán otorgar alimentos (box lunch) y bebidas (agua) durante la celebración de sus asambleas sin que sea el fin preponderante la entrega de alimentos para la celebración de las mismas, pues el alimento no deberá otorgarse como dádiva o recompensa por la asistencia.
2. La Organización de Ciudadanos deberá registrar contablemente y reconocer los gastos por concepto de compra de alimentos, los gastos correspondientes a este rubro deberán verse reflejados en los Informes Mensuales con la respectiva documentación comprobatoria.
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