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Consulta
Las aportaciones de militantes y simpatizantes se podrán realizar a través de pagos domiciliados, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 102 y 103 del RF, así como una relación de la institución bancaria de los pagos domiciliados que deberá incluir el nombre completo, domicilio actual y clave de elector, del aportante; monto de cada operación y fechas en las que se realizaron las aportaciones
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