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Consulta
Al no tratarse de la imposición de sanciones producto de procedimientos sancionadores y a remanentes de recursos de financiamiento público para gastos de campaña no erogados que hayan sido determinados por el INE, la autoridad nacional carece de atribuciones para pronunciarse al respecto, además de no existir procedimiento expreso en la normativa electoral, por lo que el OPLE es la autoridad competente para determinar lo que en su caso proceda; si el OPLE considera la transgresión a una determinación a nivel local podrá emprender las acciones que considere pertinentes en apego a la normativa electoral local correspondiente.
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