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La capacidad económica del partido político Movimiento Ciudadano en el estado de Aguascalientes al no alcanzar el porcentaje establecido de la votación válida emitida en el proceso electoral local precedente, es idóneo que se tome la capacidad económica del partido político derivada del financiamiento público federal para actividades ordinarias.
De conformidad con el Acuerdo INE/CG61/2017, en el lineamiento SEXTO, numeral 1, inciso d) determina que desde el momento en que se imponga una sanción a un partido político nacional, éste no obtiene financiamiento público en ese ámbito, el seguimiento, ejecución y destino de las sanciones correspondientes se hará en términos previstos para las sanciones impuestas en el ámbito federal.
Se deberá llevar a cabo el cobro de la sanción impuesta en la conclusión 6_C5_P1 al Partido Movimiento Ciudadano por un monto de $16,222.08 (dieciséis mil doscientos veintidós pesos 08/100 M.N.) por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.
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