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Consulta
Esta Unidad Técnica de Fiscalización no es competente para pronunciarse ni dar atención a la consulta de mérito, toda vez que el tópico versa sobre un tema relativo a la vida interna del partido político. De conformidad con el artículo 277, numeral 1, incisos b) y c) del Reglamento de Fiscalización, deberá realizar el aviso de integración y modificación relativo a la designación del Secretario de Finanzas, durante los siguientes diez días contados a partir de su designación, describiendo el nombre completo del responsable, número telefónico para su localización y domicilio, anexando copia simple de la documentación que acredite su nombramiento. Dicho aviso deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 257, numeral 1, inciso r) del Reglamento de Fiscalización
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