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Consulta
1. La información del ejercicio que se haya realizado sobre el recurso del Programa Anual de Trabajo es considerada como pública y puede ser solicitada al sujeto obligado responsable de su generación dentro del mismo partido político a través de los diferentes mecanismos previstos en la ley de la materia
2. La Unidad Técnica de Fiscalización no está facultada para interceder en asuntos internos de la vida política de cada instituto político.
3. El encargado de la ministración de los recursos a nivel local por los diferentes conceptos de financiamiento público es el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.
4. El proceso de fiscalización a los partidos políticos se ejerce durante la revisión del informe anual correspondiente, que para el ejercicio 2019, comenzará durante el año 2020, y en caso de que el partido incurra en cualquier incumplimiento de la norma, será informado en el oficio de errores y omisiones correspondiente, y de ser pertinente, se impondrán las sanciones correspondientes en el momento procesal oportuno; asimismo, el Consejo General podrá ordenar el inicio de un procedimiento sancionador en materia de fiscalización.
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