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Consulta
1. El Partido Verde Ecologista de México con acreditación local en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, no puede contratar publicidad a través de la plataforma en internet denominada “Informula S.A. de C.V.”, pues dicho proveedor tiene el estatus de “Cancelación por no Refrendo” desde el día primero de marzo de 2019.
2. Puede contratar publicidad en internet a través de plataformas digitales, siempre que el proveedor se encuentre registrado en el Registro Nacional de Proveedores y la contratación respectiva se realice de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215 del Reglamento de Fiscalización.
3. En caso de realizar dicha contratación se deberá tener especial cuidado de que la propaganda difundida vía plataforma digital no se transmita en radio o televisión, pues de lo contrario podría incurrir en una violación al artículo 159, numeral 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
4. Toda vez que no dio contestación al requerimiento de esta autoridad informando el contenido, temporalidad, alcance y el medio por el que se difunda la campaña “Logros Partido Verde Veracruz”, en caso de que realice la contratación de publicidad para la difusión de la misma, esta autoridad se reserva el ejercicio de sus funciones para analizar el caso concreto, y en el marco de la revisión de informes correspondiente, notificar al partido las posibles irregularidades en materia de fiscalización que se hayan determinado.
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