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Consulta
Sobre el particular, se informaron las siguientes observaciones:
Artículo 10. La porción normativa del artículo que señala: …actividades de formación y capacitación política, a través de la investigación y divulgación de diversos temas que permitan a los Protagonistas del Cambio Verdadero acceder a los cargos de elección popular…, podría contravenir lo dispuesto en el artículo 168 del Reglamento de Fiscalización, al considerar que no forman parte del gasto programado.
Artículo 13. Se adicionó el siguiente texto: …El financiamiento del Instituto se ejercerá sin el menoscabo de los porcentajes de ley sobre el financiamiento de las Entidades Federativas para cumplir con sus obligaciones para la realización de las Actividades Específicas y Actividades para el desarrollo del liderazgo político de las mujeres que establece el artículo 168 del Reglamento de Fiscalización… sin embargo, los porcentajes a que hace referencia se establecen en el artículo 163 del Reglamento de Fiscalización.
Artículo 35. Al respecto, es importante precisar que de conformidad con el artículo 141 del Reglamento de Fiscalización, los partidos podrán realizar erogaciones fuera del territorio nacional exclusivamente para el desarrollo de sus actividades ordinarias, en consecuencia si las actividades que pretenda realizar la Coordinación de Formación Internacional son en el extranjero, los recursos del gasto programado no pueden ser ejercidos porque están etiquetados, es decir, en caso de ejecutar algún proyecto en el extranjero, el partido deberá contemplarlo con los recursos del gasto ordinario; asimismo, en caso de realizar la contratación de proveedores extranjeros, éstos deben cumplir los requisitos establecidos en los artículo 83, numeral 3 y 261, numeral 5 y demás disposiciones relativas, del Reglamento de Fiscalización.
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