RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422001203 (UT/22/01121)
INE-CT-R-0168-2022
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DJ (parte del punto 1, puntos 2 y 3) y DS (todos los puntos).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición a la Fiscalía General de la República, el Poder Judicial de la Federación, Fiscalías Locales y Órganos Jurisdiccionales Locales de interés (respecto a parte del punto 1 y punto 2) y del Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación (respecto al punto 3).
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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