ACUERDO DEL COMITÉ DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE APRUEBA LA REPOSICIÓN PARA TOTAL PLAY EN CUMPLIMIENTO A LAS SENTENCIAS RECAÍDAS EN LOS EXPEDIENTES SRE PSC-149/2021, SRE-PSC-162/2021 Y SRE-PSC-201/2021 DICTADAS POR LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
INE/ACRT/38/2022
Acuerdo
PRIMERO. Se aprueba la reposición de los promocionales que Total Play deberá realizar
en las señales de Canal del Congreso en Aguascalientes, Aguascalientes y del canal
“Las Estrellas” en Delicias, Chihuahua, en acatamiento a las sentencias recaídas a los
expedientes SRE-PSC-149/2021, SRE-PSC-162/2021 Y SRE-PSC-201/2021.
SEGUNDO. Se ordena a Total Play para que, en el término de 20 días hábiles contados
a partir del día siguiente en que se notifique el presente Acuerdo, informe a la DEPPP el
esquema bajo el cual insertará la pauta de reposición en la señal radiodifundida del Canal
del Congreso en Aguascalientes, Aguascalientes y del canal “Las Estrellas” en Delicias,
Chihuahua, en los términos descritos en el presente acuerdo y cuyo costo debe sufragar,
a fin de que el Comité de Radio y Televisión apruebe la pauta de reposición
correspondiente, en la medida de lo posible, en la próxima sesión a celebrarse.
TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
para que notifique de manera electrónica el presente al Canal del Congreso, Televimex,
S.A. de C.V. y Total Play Telecomunicaciones, S. A. de C.V.
CUARTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para
que notifique de manera electrónica el presente acuerdo a los partidos políticos
nacionales.
QUINTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para
que notifique de manera electrónica el presente acuerdo a la Sala Regional
Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y a la Unidad de
Medios y Contenidos Audiovisuales del Instituto Federal de Telecomunicaciones, dentro
de los cinco días hábiles siguientes a su aprobación.
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