RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422000577 (UT/22/00521)
INE-CT-R-0088-2022
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a su disposición la
información que no requiere pronunciamiento del CT.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de
incompetencia formulada por las áreas DEPPP y UTF, en relación al
punto 1 de la información solicitada.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a
dirigir su petición al Organismo Público Local Electoral del estado de su
elección, a los Partidos Políticos y al INAI, siendo dicho sujeto obligado
quien podría contar con la información referente a su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente
resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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