RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031421000703 (UT/21/03355) Y 330031421000705 (UT/21/03357).
INE-CT-R-0017-2022
Resolución
DETERMINACIÓN
CONFORME AL APARTADO ANTERIOR, SE PRESENTA EL CONCENTRADO DE DECISIONES DEL CT:
PRIMERO. INFORMACIÓN PÚBLICA. SE PONE A SU DISPOSICIÓN LA INFORMACIÓN QUE NO REQUIERE PRONUNCIAMIENTO DEL CT.
SEGUNDO. INEXISTENCIA. SE CONFIRMA LA DECLARATORIA DE INEXISTENCIA FORMULADA POR EL ÁREA DE UTVOPL.
TERCERO. INCOMPETENCIA. SE CONFIRMA LA MANIFESTACIÓN DE INCOMPETENCIA FORMULADA POR LAS ÁREAS DE DEOE, UTVOPL Y JL-JAL, EN RELACIÓN CON LA INFORMACIÓN SOLICITADA.
CUARTO. ORIENTACIÓN. SE ORIENTA A LA PERSONA SOLICITANTE A DIRIGIR SU PETICIÓN AL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE JALISCO, SIENDO DICHO SUJETO OBLIGADO QUIEN PODRÍA CONTAR CON INFORMACIÓN REFERENTE A SU SOLICITUD.
QUINTO. INCONFORMIDAD. EN CASO DE INCONFORMIDAD CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN PODRÁ INTERPONER EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN RESPECTIVO.
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