RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (CT), RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031421000765 (UT/SADP/21/00234).
INE-CT-R-PDP-0001-2022
Resolución
RESOLUCIÓN
PRIMERO. SE CONFIRMA LA DECLARATORIA DE INEXISTENCIA FORMULADA POR LA DEA, RESPECTO A LOS CONTRATOS VIGENTES CELEBRADOS ENTRE LA PERSONA SOLICITANTE Y EL INE.
SEGUNDO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE LA PERSONA SOLICITANTE PARA QUE, EN CASO DE CONTAR CON ELEMENTOS QUE ACREDITEN LA EXISTENCIA DE ALGÚN CONTRATO CELEBRADO CON EL INE, PUEDA PRESENTAR UNA NUEVA SOLICITUD DE DATOS PERSONALES.
TERCERO. SE COMUNICA A LA PERSONA TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES QUE PODRÁ INTERPONER POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN REFERIDO EN EL APARTADO E DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
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