RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO DE REMOCIÓN DE CONSEJEROS ELECTORALES IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/PRCE/SLZ/JL/NAY/1/2020, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR SERGIO LÓPEZ ZUÑIGA, CONSEJERO ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT, EN CONTRA DE SERGIO FLORES CÁNOVAS, CONSEJERO ELECTORAL DEL ALUDIDO INSTITUTO, POR HECHOS QUE PODRÍAN CONFIGURAR ALGUNA DE LAS CAUSALES DE REMOCIÓN PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 102, PÁRRAFO 2, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO DE REMOCIÓN DE CONSEJEROS ELECTORALES IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/PRCE/SLZ/JL/NAY/1/2020, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR SERGIO LÓPEZ ZUÑIGA, CONSEJERO ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT, EN CONTRA DE SERGIO FLORES CÁNOVAS, CONSEJERO ELECTORAL DEL ALUDIDO INSTITUTO, POR HECHOS QUE PODRÍAN CONFIGURAR ALGUNA DE LAS CAUSALES DE REMOCIÓN PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 102, PÁRRAFO 2, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES